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Musi Farmi 2024

BASES Y CONDICIONES

PROMOCIÓN **MUSI FARMA**

  1. ORGANIZADOR. FARMA S.A en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N° 80022877-4, domicilio situado en la calle Acceso Sur esq. Juana Pabla Carrillo de la ciudad de Ñemby, teléfono 6161800, realizará la promoción denominada PROMOCIÓN **MUSI FARMA** en adelante la PROMOCIÓN.
  2. VIGENCIA. La PROMOCION tendrá vigencia desde el 02 de octubre hasta el 29 de noviembre del 2024 y será válida para todo el territorio nacional.
  3. PARTICIPANTES. Podrán participar de la PROMOCION todas las personas mayores de 18 años que cumplan los requisitos establecidos en estas bases y condiciones.
  •    No podrán participar ni hacerse acreedores de los premios, los propietarios, accionistas, apoderados, directivos, gerentes, funcionarios o empleados del ORGANIZADOR, o sus parientes hasta segundo grado de afinidad.

4. SISTEMA DE PARTICIPACIÓN:

  1. Los participantes deberán postear un reel en su cuenta de Instagram o un video en Tik Tok, una canción inspirada en Punto Farma, Kike, Farmi y el delivery 61.61.000
  2. Se deberá etiquetar a la cuenta PUNTO FARMA (@puntofarmapy), utilizando el hashtag #MusiFarmaPF24.
  3. La canción debe contener palabras claves que será mínimamente dos veces repetidas en la música: PUNTO FARMA – 6161-000 (sesenta y uno, sesenta y uno triple cero)
  4. Debe contener palabras secundarias como (KIKE Y FARMI) estos sumaran puntos, pero no son excluyentes.
  5. Deberá durar hasta 30 segundos máximo.
  6. La música puede ser en base a otra que ya existe o podrá ser totalmente nueva.
  7. El posteo debe contener la letra de la música detallada.

5. PREMIOS. La promoción tendrá 5 premios. EL Primer puesto será de Gs. 10.000.000 y del segundo al quinto puesto Gift Card para compras en Punto Farma. 2- Los Premios no podrán ser transferidos, negociados, reembolsados, cobrados en efectivo ni intercambiados. Serán causales para no recibir los premios, entre otras, que se descubra que el Participante ha realizado algún tipo de fraude o acción que sea contraria a la moral y las buenas costumbres. Los premios no incluyen ninguna otra prestación o servicio no enumerados en estas BASES Y CONDICIONES.

6. SELECION DE GANADOR:

Al final de la competencia serán seleccionados cinco finalistas que deberán firmar un documento donde ceden todos los derechos intelectuales y conexos de la obra(música) a PUNTO FARMA.

  1. La música debe reunir todos los requisitos mencionados.
  2. La música ganadora será la que reúna la mayor cantidad de votos de jurados que serán al menos dos, combinados con los votos del público.
  3. La valide de cada voto será de la siguiente: * Cada miembro del jurado tendrá la validez de un voto. * Canción con mayor cantidad de votos del público un voto.}
  4. En caso de empate el sistema de definición será en el programa en vivo en la tv (Unicanal) por votación del publico vía WhatsApp.
  5. La definición del tercer a quinto puesto será mediante el ranking de votación del jurado.

  7. NOTIFICACION: Los ganadores serán notificados mediante difusión en las redes sociales (Instagram, Facebook y Twitter), dentro de los Puntos de Ventas y adicionalmente mediante llamadas telefónicas de parte del Organizador en el transcurso de las 48 horas posteriores al cierre del concurso.

 8. RETIRO DE PREMIOS. El ganador tendrá un plazo improrrogable de 60 días posteriores a la fecha del sorteo para retirar el premio, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado por el ORGANIZADOR. Los premios deberán ser retirados en el Centro de Distribución Integral Farma S.A., situado en Acceso Sur esquina Juana Pabla Carrillo ciudad de Ñemby, de lunes a viernes a partir de las 8.00hs hasta las 17.00hs. Es requisito fundamental y obligatorio para acceder al premio que el ganador presente previamente su documento de identidad vigente o DNI. En caso de que el ganador no tuviera los documentos pertinentes para demostrar su identidad quedará automáticamente descalificado y su premio será donado a la FONARESS. Un Participante no podrá ser adjudicado con más de un premio dentro de esta Promoción. Previa verificación de que el potencial ganador cumple con los requisitos establecidos en la presente BASES Y CONDICIONES, el Organizador hará una llamada al número telefónico ingresado en los datos registrados, a fin de comunicarle su calidad de ganador. En dicha comunicación, también se le informará sobre el Premio y sobre la mecánica de entrega. En ningún caso FARMA S.A. se hará cargo de los gastos en que deba incurrir el ganador, ya sea traslados o fletes.

  • Cumplido el plazo sin que se haya presentado el ganador, el valor del premio será destinado al financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en la Ley 6703/20.

9. RESPONSABILIDAD. El ORGANIZADOR no será responsable del uso o destino que el ganador otorgue a los premios recibidos.

10. PUBLICIDAD. El ganador, al momento de aceptar y retirar el premio, otorga de manera gratuita al ORGANIZADOR el derecho a publicitar su nombre e imagen, para la difusión en comerciales de televisión, radio, prensa o redes sociales, por un plazo de 12 meses de finalizada la PROMOCION.

11. PRIVACIDAD. El ORGANIZADOR se compromete a dar un tratamiento prudente y cuidadoso a los datos personales entregados por el PARTICIPANTE y almacenados al momento del registro de la PROMOCION.

12. MODIFICACIONES. El ORGANIZADOR podrá, previa autorización de CONAJZAR, modificar, extender, ampliar, suspender o cancelar esta PROMOCION cuando circunstancias imprevistas así lo justifiquen. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente y no afectarán derechos adquiridos.

13. REGLAMENTO. La participación en esta promoción implica la aceptación de lo establecido en estas bases y condiciones. Este reglamento estará a disposición de los participantes en el sitio web del organizador y en la fan page de redes sociales. La eventual declaración de nulidad de una o más cláusulas de estas Bases y Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas.

14. JURISDICCIÓN. Toda situación que pudiera derivar en un conflicto entre el ORGANIZADOR y el PARTICIPANTE podrá ser resuelta, a pedido de las partes, por la CONAJZAR. Queda además expedita la vía jurisdiccional, en caso de que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus derechos, y a tal efecto, se establece la Circunscripción Judicial correspondiente a la ciudad de Ñemby de la República del Paraguay.