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PROMO AMISTAD 2023

Bases y condiciones

1) ORGANIZADOR:  FARMA S.A en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N° 80022877-4, domicilio situado en la calle Acceso Sur esq. Juana Pabla Carrillo de la ciudad de Ñemby, teléfono 6161800, realizará la promoción denominada “PROMO AMISTAD 2023”, en adelante la PROMOCIÓN.

2) VIGENCIA: . La PROMOCION tendrá vigencia desde el 03 de julio hasta el 31 de julio del 2023 y será válida para todo el territorio nacional

3) PARTICIPANTES: . Podrán participar de la PROMOCIÓN todas las personas mayores de 18 años que cumplan los requisitos establecidos en estas bases y condiciones.

a. No podrán participar ni hacerse acreedores de los premios, los propietarios, accionistas, apoderados, directivos, gerentes, funcionarios o empleados del ORGANIZADOR, o sus parientes hasta segundo grado de afinidad.

4) SISTEMA DE PARTICIPACIÓN:  Participan de la promoción los clientes registrados en el sistema de FARMA S.A. en los Puntos de Ventas del Organizador. El cupón se emite automáticamente y de forma electrónica por cada compra de las marcas DOVE, REXONA, BABYSEC, TRESEMMÉ, CLEAR, ST IVES, LIVOPEN REPEL, SEDAL, AXE, CLOSE-UP, LUX durante la vigencia de la PROMOCION.

5) PREMIOS:   La promoción tendrá 5 premios. En la que 4 de ellos serán sorteados entre todos los cupones generados en los Puntos de Ventas del Organizador, y 1 en las redes sociales y a través de las embajadoras del Organizador. Los Premios no podrán ser transferidos, negociados, reembolsados, cobrados en efectivo ni intercambiados. Serán causales para no recibir los premios, entre otras, que se descubra que el Participante ha realizado algún tipo de fraude o acción que sea contraria a la moral y las buenas costumbres. Los premios no incluyen ninguna otra prestación o servicio no enumerados en estas BASES Y CONDICIONES.

El Organizador hará entrega de los siguientes premios:

PRODUCTOCANTIDADCOSTOTOTAL
PlayStation 555.950.00029.750.000

 La promoción tendrá un costo total de Gs. 29.750.000 (guaraníes VEINTINUEVE MILLONES SETESCIENTOS CINCUENTA MIL)

6) SORTEO:  Se realizaran 4 sorteos por sistema de cupones electrónicos. El sorteo para realizarse el 01/08 saldrán 4 ganadores titulares y 4 suplentes.

1 premio será sorteado el día 01/08 a través de las redes sociales del Organizador entre las personas que hayan respondido correctamente las trivias realizadas mediante Instagram, Facebook y Twitter; los sorteos serán públicos.

Tales sorteos se realizarán en el Centro Logístico y corporativo FARMA S.A., situado sobre la Avda. Acceso Sur esq. Juana Pabla Carrillo en la ciudad de Ñemby.

7) NOTIFICACION:  Los ganadores serán notificados mediante difusión en las redes sociales (Instagram, Facebook y Twitter), dentro de los Puntos de Ventas y adicionalmente mediante llamadas telefónicas de parte del Organizador en el transcurso de las 48 horas posteriores al sorteo. Además, el listado de ganadores (nombre, apellido, y tres últimos dígitos del documento de identidad) será publicado en la página web del ORGANIZADOR y en la fan page de redes sociales.

8) RETIRO DE PREMIOS: . El ganador tendrá un plazo improrrogable de 60 días posteriores a la fecha del sorteo para retirar el premio, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado por el ORGANIZADOR. Los premios deberán ser retirados en el Centro de Distribución Integral Farma S.A., situado en Acceso Sur esquina Juana Pabla Carrillo ciudad de Ñemby, de lunes a viernes a partir de las 8.00hs hasta las 17.00hs. Es requisito fundamental y obligatorio para acceder al premio que el ganador presente previamente su documento de identidad vigente o DNI. En caso de que el ganador no tuviera los documentos pertinentes para demostrar su identidad quedará automáticamente descalificado y su premio será donado a la FONARESS. Un Participante no podrá ser adjudicado con más de un premio dentro de esta Promoción.

Previa verificación de que el potencial ganador cumple con los requisitos establecidos en la presente BASES Y CONDICIONES, el Organizador hará una llamada al número telefónico ingresado en los datos registrados, a fin de comunicarle su calidad de ganador. En dicha comunicación, también se le informará sobre el Premio y sobre la mecánica de entrega. En ningún caso FARMA S.A. se hará cargo de los gastos en que deba incurrir el ganador, ya sea traslados o fletes.

8.1 Cumplido el plazo sin que se haya presentado el ganador, el valor del premio será destinado al financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en la Ley 6703/20.

9) RESPONSABILIDAD: El ORGANIZADOR no será responsable del uso o destino que el ganador otorgue a los premios recibidos.

10) PUBLICIDAD: El ganador, al momento de aceptar y retirar el premio, otorga de manera gratuita al ORGANIZADOR el derecho a publicitar su nombre e imagen, para la difusión en comerciales de televisión, radio, prensa o redes sociales, por un plazo de 12 meses de finalizada la PROMOCION.

11) PRIVACIDAD: . El ORGANIZADOR se compromete a dar un tratamiento prudente y cuidadoso a los datos personales entregados por el PARTICIPANTE y almacenados al momento del registro de la PROMOCION.

12) MODIFICACIONES:  El ORGANIZADOR podrá, previa autorización de CONAJZAR, modificar, extender, ampliar, suspender o cancelar esta PROMOCION cuando circunstancias imprevistas así lo justifiquen. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente y no afectarán derechos adquiridos

13) REGLAMENTO:  La participación en esta promoción implica la aceptación de lo establecido en estas bases y condiciones. Este reglamento estará a disposición de los participantes en el sitio web del organizador y en la fan page de redes sociales. La eventual declaración de nulidad de una o más cláusulas de estas Bases y Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas

14) JURISDICCIÓN: Toda situación que pudiera derivar en un conflicto entre el ORGANIZADOR y el PARTICIPANTE podrá ser resuelta, a pedido de las partes, por la 4 CONAJZAR. Queda además expedita la vía jurisdiccional, en caso de que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus derechos, y a tal efecto, se establece la Circunscripción Judicial correspondiente a la ciudad de Ñemby de la República del Paraguay.