BASES Y CONDICIONES
PROMOCIÓN “Sé parte de las mujeres ya no lloran, World Tour”
1. ORGANIZADOR. AJ BOSTON S.A en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N° 80014363-9 domicilio
situado en la calle Aviadores del Chaco esq. Campos Cervera N° 2351 de la ciudad de Asunción, teléfono 0212895000 realizará la promoción denominada “SÉ PARTE DE LAS MUJERES YA NO LLORAN, WORLD TOUR”, en adelante la PROMOCIÓN.
2. VIGENCIA. La PROMOCION tendrá vigencia desde el 17 de enero de 2025 hasta el 17 de febrero de
2025, y será válida para todas las sucursales de la cadena de farmacias Punto Farma dentro del territorio nacional.
3. PARTICIPANTES. Podrán participar de la PROMOCION todas las personas mayores de edad que
cumplan los requisitos establecidos en estas bases y condiciones.
- No podrán participar ni hacerse acreedores de los premios, los propietarios, accionistas,
apoderados, directivos, gerentes, funcionarios o empleados del ORGANIZADOR, o sus
parientes, hasta el segundo grado de consanguineidad y segundo grado de afinidad.
4. SISTEMA DE PARTICIPACIÓN:
Participan de la promoción todos los clientes que hayan realizado las compras de un producto en delante de la marca Shakira, durante la vigencia de la PROMOCION. Los cupones son generados de manera automática a través de la cuponera electrónica de la Cadena Punto Farma. Por cada fragancia adquirida, se acumula 1 (un) cupón.
5. PREMIOS. Al término de la PROMOCION será el siguiente premio:
– Un (1) viaje para dos (2) personas con destino a Buenos Aires para el concierto de Shakira, las mujeres ya no lloran World Tour.
- El premio incluye: Pasaje aéreo vía Aerolíneas Argentinas (ida y vuelta) + equipaje de mano + estadía de dos noches y tres días + 2 entradas al sector SILVER del concierto de Shakira, las mujeres ya no lloran World Tour. Fechas confirmadas del 6 al 8 de marzo del 2025 + tasas e impuestos aéreos.
** El paquete no incluye el viático de los ganadores, traslados de llegada y salida, ni algún gasto extra que los ganadores deseen realizar durante su viaje.
6. SORTEO. El sorteo será realizado en fecha 18 de febrero en la oficina central de la Cadena Punto Farma ubicado en la ciudad de Ñemby.
- Como sistema de sorteo se empleará el uso de cupones electrónicos, del cual se elegirán al
azar a 1 ganador titular. - Durante el sorteo de cada premio además se seleccionará un cupón que corresponderá al
ganador suplente, quien será el acreedor del premio únicamente en caso de que el ganador
titular no cumpla con los requisitos de participación establecidos en la Cláusula 3° de estas
Bases y Condiciones.
7. NOTIFICACION. Los ganadores serán notificados vía telefónica en el transcurso de las 24 horas
posteriores al sorteo. Además, el listado de ganadores (nombre, apellido, y tres últimos dígitos del
documento de identidad) será publicado en la página web del ORGANIZADOR y en sus redes sociales.
8. RETIRO DE PREMIOS. El ganador tendrá un plazo improrrogable de 60 días posteriores a la fecha del
sorteo para confirmar el uso del paquete de viaje, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado
por el ORGANIZADOR. Los ganadores deberán presentar su cédula de identidad para usufructuar el
premio y también cualquier otro requisito que sea requerido por la agencia de viajes.
- Cumplido el plazo sin que se haya presentado el ganador, el valor del premio será destinado al financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en la Ley 6703/20.
9. RESPONSABILIDAD. El ORGANIZADOR no será responsable del uso o destino que el ganador otorgue
a los premios recibidos.
10. PUBLICIDAD. El ganador, al momento de aceptar y retirar el premio, otorga de manera gratuita al
ORGANIZADOR el derecho a publicitar su nombre e imagen, para la difusión en comerciales de televisión, radio, prensa escrita o redes sociales, por un plazo de 12 meses de finalizada la PROMOCION. La cesión de derechos será otorgada al solo efecto de publicitar el resultado de la promoción de referencia, y no será utilizada para otros fines.
11. PRIVACIDAD. El ORGANIZADOR se compromete a dar un tratamiento prudente y cuidadoso a los datos personales entregados por el PARTICIPANTE y almacenados al momento del registro de la
PROMOCION. En caso de que el registro de participación sea realizado por medios electrónicos, el
ORGANIZADOR informará al PARTICIPANTE del uso o destino que hará de la información personal
recopilada, mediante mensaje que será publicado en la misma plataforma de registro.
12. MODIFICACIONES. El ORGANIZADOR podrá, previa autorización de CONAJZAR, modificar, extender,
ampliar, suspender o cancelar esta PROMOCION cuando circunstancias imprevistas así lo justifiquen. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente y no afectarán derechos adquiridos.
13. REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN. La participación en esta promoción implica la aceptación de lo
establecido en estas bases y condiciones, documento que estará a disposición de los participantes en el sitio web del organizador y en sus redes sociales. La eventual declaración de nulidad de una o más
cláusulas de estas Bases y Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas.
14. CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA WEB. Además de cumplir con lo establecido en las
presentes Bases y Condiciones, el PARTICIPANTE se compromete a cumplir con los requisitos y
disposiciones establecidas en el reglamento de condiciones de uso de la aplicación o plataforma web que el ORGANIZADOR pondrá a disposición de los participantes durante la vigencia de la PROMOCION.
15. INTERPRETACION. Ante cualquier discrepancia o contradicción que pudiese existir entre las
disposiciones establecidas en las presentes Bases y Condiciones y en los reglamentos de condiciones
de uso mencionados en el artículo anterior, prevalecerá lo establecido en las presentes Bases y
Condiciones.
16. JURISDICCIÓN. Toda situación que pudiera derivar en un conflicto entre el ORGANIZADOR y el
PARTICIPANTE podrá ser resuelta, a pedido de las partes, por la CONAJZAR. Queda además expedita
la vía jurisdiccional, en caso de que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus
derechos, y a tal efecto, se establece la Circunscripción Judicial correspondiente a la ciudad de Asunción de la República del Paraguay